Control social
El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015.
1.
Convocar al control social
2. Acordar compromisos entre la entidad y grupos de control social
3. Presentar informes para el ejercicio del control social
4. Analizar y revisar evidencias
5. Plan de mejora
6. Seguimiento




En este momento la entidad no cuenta con evaluación al proceso de "Control Social".
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Fecha de publicación 26/10/2023 12:00 am
Última modificación 28/07/2024 03:42 pm